martes, 13 de noviembre de 2018

Ley de incineraciones: ni muertos nos dejan en paz




“Prohibido prohibir” lucían las pancartas de los manifestantes en Paría en el mítico mayo del 68. Muchos de ellos, la gran mayoría, todavía viven; ¿qué opinión tendrán de las políticas que llevan a cabo los políticos de izquierdas actuales?

La Generalitat Valenciana, bajo el mando del PSOE, Compromís y Podemos, prohibirá la incineración de personas con obesidad mórbida y de cadáveres que hayan recibido tratamientos contra el cáncer mediante inserción de agujas radiactivas. Además, ordena que antes de la cremación, se extraigan los elementos termo-activos y se retiren de los féretros los herrajes y demás elementos metálicos, así como los fabricados con resinas, plásticos o cualquier material susceptible de formar compuestos organoclorados o altamente tóxicos tras su combustión.

Siguiendo con sus “sugerencias”, dicta que los cadáveres no deben llevar abalorios que contengan elementos metálicos, resinas o plásticos y que los sudarios que se utilicen estén fabricados, preferentemente, con materiales biodegradables (que, por supuesto, no pagará la Generalitat). ¿El motivo de todo esto? Evitar la contaminación que generan las incineraciones ahora que esta práctica funeraria está tomando un auge considerable.


¿Qué quieren que les diga? Comprendo y comparto que en el horno no entren productos que puedan producir una contaminación peligrosa e innecesaria, como los radioactivos, las resinas, los plásticos y los metales, aunque, a partir de ahora, a ver como justifican las funerarias los altos precios de los ataúdes si sólo llevarán cuatro cartoncitos unidos con celo biodegradable. Pero lo de la obesidad mórbida, me lo tendrán que explicar despacito.

Desde la Consellería Valenciana de Sanidad alegan que incinerar un cuerpo de este volumen “necesita una cantidad muy elevada de combustible”, lo que conlleva un "aumento considerable de contaminación sobrepasando el umbral permitido”. ¿Y cuál es ese umbral? Porque una persona que mida 1,55 metros y pese 80 kilos, padece obesidad mórbida (o casi), pero una que mida 2 metros y pese 110 kilos, no. ¿Por qué la segunda se podrá incinerar y la primera no? No soy experto en el tema, pero seguro que la de 110 kilos necesitará mucho más combustible y producirá más humos que la primera.

¿También prohibirán la incineración de mascotas? ¿Los San Bernardo tendrán que ser enterrados por narices? ¿Y por qué no prohíben las incineradoras de residuos, con muchísimo más volumen y, por ello, con mucha más contaminación? Por cierto, ¿separan las plásticos, resinas y metales de los residuos antes de quemarlos?

La progresía tiene la puñetera manía de querer imponer sus normas (estúpidas en muchas ocasiones) en cualquier ámbito de la vida… y de la muerte, en este caso. Igual piensan que, ante la amenaza de no ser incineradas, las personas que padecen obesidad mórbida, adelgazarán. Así, con una norma, evitan dos problemas. Sus cabecitas no dan para más.

PD. En menos de un día, apenas ha aparecido en un periódico, han  eliminado del proyecto de ley lo de la obesidad mórbida. Hasta ellos se han dado cuenta de la metedura de pata. Dicen que rectificar es de sabios. En este caso, rectificar es de políticos que se equivocan cada dos por tres.   


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