¿Se
acuerda que al ir a firmar la hipoteca de su piso en el banco echó pestes al
ver cómo le obligaban a contratar un seguro de vida ligado a la misma? Pues
puede que, por culpa de ese seguro, su familia se quede sin vivienda si tiene
la desgracia de fallecer antes de haber acabado con los pagos. Paradójico, ¿no
cree? Nos explicamos.
El presidente
de la Sala Civil del Alto Tribunal, Francisco Marín Castán, expuso en su
intervención en la Cumbre Española de la Confianza, que a los tribunales están
llegando casos de entidades financieras que, tras haber exigido un seguro de
vida para conceder una hipoteca, al producirse el fallecimiento del hipotecado
se desentienden del seguro y activan la ejecución hipotecaria para reclamar el
inmueble sin esperar a que los herederos cobren el seguro para seguir
cumpliendo con los pagos.
Y lo
peor de todo es que en los juzgados no saben cómo actuar ya que la ley recoge
una lista tasada de motivos que permiten frenar una ejecución hipotecaria, pero
la existencia de un seguro que permita hacer frente a los pagos pendientes no
está entre ellas. En estas circunstancias, los jueces se resisten a fallar
contra los bancos.
Para más
inri, a diferencia de lo que ocurre con las cláusulas suelo o en el caso de las
famosas “preferentes”, las ejecuciones hipotecarias no son materia recurrible
ante el Supremo y, por lo tanto, no puede dar cobertura jurisprudencial a los
jueces para que puedan impedir esas prácticas.
¿Qué
motivo es el que lleva a las entidades bancarias a actuar de esta forma? Por
supuesto, su propio beneficio. Los bancos saben perfectamente que, en caso de
fallecimiento, los trámites para la resolución de las herencias se alargan, a
veces, hasta el infinito. Mientras tanto, los herederos, en muchas ocasiones,
no disponen del suficiente capital para hacer frente a los pagos. ¡Es el
momento perfecto para quedarse con la propiedad!
Además,
¿se acuerdan lo que les dije al principio sobre el seguro que les “obligaban” a
contratar? Pues eso es, seguramente, lo más sangrante de la situación. En 9 de
cada 10 ocasiones, el seguro se contrata con una compañía que mantiene una
estrecha relación con la entidad financiera, si es que no es de su propiedad.
Con la ejecución hipotecaria, el banco recupera el inmueble de inmediato (o
sigue cobrando las cuotas pagadas por los herederos) mientras que la compañía
de seguros demora el pago hasta que se resuelva la herencia, lo cual puede
tardar incluso años en suceder. ¡Negocio completo!
¿Solución?
Que gobierno y oposición lleguen a un acuerdo y promuevan una nueva ley
hipotecaria que defienda a los usuarios en vez de a los bancos. Así de
sencillo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario