miércoles, 22 de abril de 2015

El 1º de mayo le pueden bloquear su cuenta bancaria si no presenta su DNI



En abril de 2010, el Gobierno del entonces Presidente Rodríguez Zapatero dictó una norma obligando a los bancos a digitalizar la identificación de todos sus clientes, ya fuesen personas físicas (con el DNI) o jurídicas. El motivo era adaptarse a una directiva comunitaria contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

Para cumplir con este trámite fijó el nada desdeñable plazo de cinco años,  que finaliza, concretamente, el próximo 30 de abril. Pues bien, a pesar del lustro transcurrido, muchos, muchísimos clientes no tienen digitalizado el DNI en su entidad bancaria y, si nadie lo remedia, el próximo 1 de mayo verán bloqueadas sus cuentas. Y bloqueadas significa no poder ingresar ni sacar dinero ni pagar los recibos que tenga domiciliados. Ya sabemos que los bancos han sufrido unos últimos años muy ajetreados pero, tras cinco largos años, ponerse en contacto apremiando a sus clientes para que presenten el documento solo durante este último mes de abril (como ha ocurrido en la mayoría de los casos) tiene delito.

Si usted acude a su sucursal bancaria, podrá comprobar como el escáner hecha humo y la cola llega hasta la puerta. Muchas entidades incluso han tenido que contratar servicios externos para tramitar todos los requerimientos ante la avalancha de clientes en sus ventanillas. Porque, hay que aclarar, no sólo los titulares de la cuenta tienen que acreditarse correctamente sino también todas las firmas autorizadas, ya sean padres, hijos o amigos.


Desde el año 1993 todos los bancos estaban obligados a guardar una copia del DNI de sus clientes. Sin embargo, aunque los nuevos clientes si que cumplían con esta obligación, muchos clientes que mantienen una relación con el banco de varias décadas (¡todavía existen personas fieles a su banco durante toda la vida!) no han realizado este trámite al ser de sobra conocidos por el personal de la sucursal. Éstos son los que ahora se asombran cuando reciben una llamada del director de su oficina requiriendo su inmediata presencia para digitalizar su DNI con la amenaza de que le bloquearán la cuenta donde, habitualmente, le ingresan la pensión.

Aunque en algunas ocasiones ya lo están pidiendo, si tiene la mala suerte de que le bloqueen la cuenta, para volver a abrirla, aparte del DNI o pasaporte, deberá presentar una declaración de actividad económica y una acreditación de actividad profesional. Para este último paso sirve con presentar una nómina, pensión o declaración del IRPF. Pero, ¡cuidado!, si éste trámite no lo realiza en los tres primeros meses a partir del 1º de mayo, la cuanta pasará a formar parte de las “cuentas de orden”, con lo que los trámites se pueden complicar bastante más. Eso si, nunca, en ningún momento, dejarán de ser titulares de su dinero. ¡Menos mal!


Les aconsejo que si no están del todo seguros de si su banco tiene su DNI digitalizado, acudan cuanto antes a comprobarlo. Ya saben: más vale prevenir… que llevarse un buen susto. 


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