martes, 17 de octubre de 2017

Fallecimiento = desahucio. La nueva trampa de los bancos con las hipotecas




¿Se acuerda que al ir a firmar la hipoteca de su piso en el banco echó pestes al ver cómo le obligaban a contratar un seguro de vida ligado a la misma? Pues puede que, por culpa de ese seguro, su familia se quede sin vivienda si tiene la desgracia de fallecer antes de haber acabado con los pagos. Paradójico, ¿no cree? Nos explicamos.

El presidente de la Sala Civil del Alto Tribunal, Francisco Marín Castán, expuso en su intervención en la Cumbre Española de la Confianza, que a los tribunales están llegando casos de entidades financieras que, tras haber exigido un seguro de vida para conceder una hipoteca, al producirse el fallecimiento del hipotecado se desentienden del seguro y activan la ejecución hipotecaria para reclamar el inmueble sin esperar a que los herederos cobren el seguro para seguir cumpliendo con los pagos.

Y lo peor de todo es que en los juzgados no saben cómo actuar ya que la ley recoge una lista tasada de motivos que permiten frenar una ejecución hipotecaria, pero la existencia de un seguro que permita hacer frente a los pagos pendientes no está entre ellas. En estas circunstancias, los jueces se resisten a fallar contra los bancos.

Para más inri, a diferencia de lo que ocurre con las cláusulas suelo o en el caso de las famosas “preferentes”, las ejecuciones hipotecarias no son materia recurrible ante el Supremo y, por lo tanto, no puede dar cobertura jurisprudencial a los jueces para que puedan impedir esas prácticas. 


¿Qué motivo es el que lleva a las entidades bancarias a actuar de esta forma? Por supuesto, su propio beneficio. Los bancos saben perfectamente que, en caso de fallecimiento, los trámites para la resolución de las herencias se alargan, a veces, hasta el infinito. Mientras tanto, los herederos, en muchas ocasiones, no disponen del suficiente capital para hacer frente a los pagos. ¡Es el momento perfecto para quedarse con la propiedad!

Además, ¿se acuerdan lo que les dije al principio sobre el seguro que les “obligaban” a contratar? Pues eso es, seguramente, lo más sangrante de la situación. En 9 de cada 10 ocasiones, el seguro se contrata con una compañía que mantiene una estrecha relación con la entidad financiera, si es que no es de su propiedad. Con la ejecución hipotecaria, el banco recupera el inmueble de inmediato (o sigue cobrando las cuotas pagadas por los herederos) mientras que la compañía de seguros demora el pago hasta que se resuelva la herencia, lo cual puede tardar incluso años en suceder. ¡Negocio completo!


¿Solución? Que gobierno y oposición lleguen a un acuerdo y promuevan una nueva ley hipotecaria que defienda a los usuarios en vez de a los bancos. Así de sencillo. 

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