Ya sabíamos que la tan anunciada reforma laboral no nos iba a hacer mucha gracia. Tras varios lustros de aplazamientos, con la llegada de la crisis (más bien con la persistencia de ésta) no ha habido más remedio que coger el toro por los cuernos y realizarla. Y aprovechando que don Mariano posee, prácticamente, el poder absoluto (gobierno central, autonomías, diputaciones y ayuntamientos) en España, no se ha ido con “chiquitas” a la hora de redactarla.
Soy de la opinión de que era imprescindible realizar cambios. A ningún trabajador nos gusta que disminuyan nuestros derechos laborales (que al final es de lo que se trata), pero estaba claro de que algo no funcionaba. En pleno boom de la economía española, no logramos que el paro bajase del 8% cuando nuestros socios europeos no sobrepasaban el 5% y cuando han venido mal dadas, hemos superado fácilmente el 23% (y que pare ahí) mientras en Europa se tiran de los pelos si les aumenta más allá del 10%.
Del Decreto-ley de 64 páginas anunciado el pasado viernes, la mayoría de los españoles tan sólo nos hemos enterado de un detalle: en caso de despido, la indemnización se reducirá de 45 días por año trabajado a 33 días. Visto así, no parece tan grave y seguramente esa era la intención del gobierno de Rajoy al anunciarlo a bombo y platillo. Pero, ¿qué les parece si les digo que como mucho se podrán cobrar 24 mensualidades en lugar de las 48 de antes? Ya no nos gusta tanto. ¿Y si les digo que en caso de despido, difícilmente les pagarán más de 20 días por año y 12 mensualidades? Pues háganse a la idea porque así será en el 90% de los casos.
Para aplicarlo, el empresario sólo tendrá que demostrar que sus ventas han descendido durante tres trimestres seguidos, aunque continúe sin tener números rojos en su cuenta de resultados. Conociendo cómo nos las gastamos en España, se me ocurren bastantes fórmulas para conseguirlo. Por ejemplo, “facturando” más en “negro”. ¿Y qué pasaría si una empresa que factura 100 tiene un año fenomenal y factura 200 y al siguiente se queda en 150? ¿Se aplicaría lo de los tres trimestres de descensos si su facturación ha subido un 50% comparado con dos años antes? ¡Pues ya lo quisieran para si muchas empresas!
Siendo grave todo esto, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría y la ministra de Trabajo, Fátima Báñez, se “olvidaron” de explicarnos un “pequeño” detalle incluido en el artículo 12 del Decreto-ley publicado en el BOE este fin de semana. El dichoso artículo 12 contempla la posibilidad de que un empresario podrá reducir el salario de sus empleados "cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción", siempre y cuando estén relacionadas con "la competitividad, productividad u organización técnica o el trabajo de la empresa". En otras palabras, ahora darán igual las condiciones de los trabajadores en su contrato de trabajo, en acuerdos o en pactos colectivos; si la empresa va mal económicamente o se considera que el empleado no rinde lo suficiente, su sueldo se verá reducido.
El trámite es el siguiente: el empresario deberá notificárselo al trabajador con 15 días de antelación y éste tiene tres alternativas: aceptarlo, rescindir su contrato con una indemnización de 20 días por año de servicio o impugnar la decisión y que decida un juez.
Esto si se trata de en un caso individual. Si lo que quiere el empresario es reducir los salarios a toda su plantilla, antes lo tiene que negociar con los representantes de los trabajadores, o sea, con los sindicatos, pero incluso en este caso, el empresario puede seguir adelante, generar un conflicto colectivo y esperar la decisión del juez.
Nos hemos centrado en la cuestión del salario porque es lo que creemos más relevante a la vez que injusto, pero la cosa no termina ahí ya que con el nuevo Decreto-ley, el empresario podrá alterar también la jornada de trabajo de los empleados, así como el horario y la distribución de la misma, los turnos e incluso algunas funciones, bajo la misma posibilidad de rescindir el contrato con una indemnización.
Si la función de este Decreto-ley es, según palabras del Gobierno, fomentar la ocupación, ¿alguien se cree que se crearán puestos de trabajo rebajando el sueldo a un empleado en concreto de una empresa? ¿O será más bien una forma de castigo a aquellos trabajadores que durante años han estado “tocándole las narices” al jefe?
¿Y los sindicatos? Pues como siempre, ni están ni se les espera. Hoy han convocado manifestaciones para el día 19 y de huelga general… “ya lo decidirán los trabajadores” (palabras textuales).
Años y años negándose a realizar la más mínima reforma; lustros llenándose la boca con palabras como igualdad, derechos sociales, poder adquisitivo… Todo a la “m…” en unas pocas horas. ¿No nos habría ido mejor si los sindicatos no hubiesen sido tan intransigentes y se hubiesen adaptado, poco a poco, a las exigencias de la economía actual?
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