El Congreso español ha aprobado por unanimidad una proposición de ley que abre la posibilidad a que las Pymes y los autónomos no tengan que tributar por las facturas no cobradas. Para que nos entendamos, pasarían a pagar el IVA en el momento del cobro de la factura.
Para ser efectiva esta proposición de ley, aun le quedan varios trámites, pero es de esperar que la medida entre en vigor rápidamente.
La Confederación Nacional de Autónomos y Microempresas (CONAE) había presentado ya en 2008 una serie de medidas de apoyo al sector, entre las que se encontraba la anulación del pago del IVA en las facturas no cobradas. En un momento de crisis como el actual, son los pequeños empresarios y los autónomos los que más sufren sus consecuencias.
Pónganse en su caso: les encargan un trabajo, compran todas las materias primas necesarias, emplean varias jornadas en realizarlo, lo acaban a satisfacción del cliente, emiten la factura oficial (incluyendo el IVA, por supuesto) y a la hora de cobrarla... resulta imposible que les paguen.
Usted se encuentra en una situación en que ha perdido varios días de mano de obra (su sustento), le tiene que pagar a su proveedor las materias primas y, encima, se ve en la obligación de pagarle a Hacienda el IVA que ha generado su factura y que no ha cobrado. Como a un autónomo se le junten varios casos como éste a lo largo del año... a pasar hambre, primero y luego, a cerrar el negocio.
Sin embargo, soy de la opinión de que la medida se debería extender a todo tipo de empresas, sea cual sea su tamaño. En la actualidad, es la empresa la que tiene que mover todos los hilos para poderle cobrar a su cliente moroso mientras Hacienda, sin hacer nada, cobra una parte de la deuda no pagada (el 16% y pronto el 18%).
El Estado debería crear un departamento (eficiente) que se encargase de perseguir a esos clientes morosos que no pagan sus facturas. Que el deudor lo fuese tanto con su proveedor como con el Estado. De esa forma, se podría aplicar lo que ya hacen Hacienda, la Seguridad Social o los Ayuntamientos con sus morosos: cobrar con recargo las facturas o ejecutar un embargo. El Estado cobraría y el autónomo o empresa… también.
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