martes, 23 de diciembre de 2008

La extraña vara de medir de la justicia española


Estábamos pendientes durante el día de hoy de la resolución de dos casos contra jueces que estaban imputados por haber realizado deficientemente su labor.
Ambos son sobradamente conocidos: de una parte el juez de Sevilla Rafael Tirado, por retrasos en la ejecución de una sentencia y por otra el juez de Murcia Ferrín Calamita por retrasos también en el proceso de adopción de una niña por parte de una pareja de lesbianas.

Haciendo un poco de memoria, en el primero de los casos la sentencia que sufrió retrasos fue la de Santiago del Valle a dos años y nueve meses de prisión por abusar de su hija menor. La tardanza de más de dos años en ejecutar la sentencia propició que el pederasta subiese un escalón y pasase a pederasta asesino, matando a la niña onubense Mari Luz Cortés, después de haber abusado de ella.


En el segundo de los casos, el juez de Murcia retrasó exageradamente el procedimiento de adopción, puede que por sus ideas religiosas, de un niña por parte de la compañera de su madre.
Pues bien, a pesar de los rumores que circulaban los últimos días y que apuntaban a una pena mayor, el Consejo General del Poder Judicial ha confirmado la pena de 1.500 euros al juez Tirado. Por su parte, al juez Calamita, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia le ha impuesto una pena de inhabilitación de dos años, tres meses y un día, amén de una multa de 6.000 euros.


No vamos a hablar aquí de su culpabilidad (bajo nuestro juicio si lo son puesto que no ejercieron correctamente su labor) ya que los órganos superiores se han encargado de dictar sentencia: ambos son culpables. De lo que si vamos a hablar es de las penas impuestas.
Vamos a ver, en el primero de los casos, el “retraso” deja en la calle a un peligroso loco y las consecuencias son la muerte de una niña. En el segundo, el “retraso” alarga innecesariamente la espera de la compañera sentimental de la madre de una niña en poder ejercer de “madre de adopción” de forma legal, pero las consecuencias no pasan de ahí, del daño moral, ya que seguían conviviendo las tres juntas.

Resumiendo, retraso = muerte, pena de 1.500 euros, retraso = daño moral, pena de dos años, tres meses y un día más 6.000 euros. ¿Alguien lo entiende?

Pues se lo explico. En el primer caso, se demostraba el deficiente funcionamiento de la justicia en España, con connotaciones que llegaban hasta la cabeza del ministerio, por lo que se ha decidido aplicar una medida simbólica y que el tema se olvide pronto. En el segundo caso, el juez ha osado “ofender” al lobby lesbiano-gay y al pensamiento “progresista” del gobierno de Zapatero y, lógicamente, se debe aplicar una medida ejemplarizante que disuada a otros jueces para no ir por ese camino. Así de simple.


Les cuento brevemente otro caso. El juzgado de primera instancia de Alcobendas, en Madrid, ha dictado un auto en el que ordena la salida del domicilio familiar de una mujer y sus tres hijos menores, el próximo 7 de enero, para que entre en la vivienda el marido (sin ninguna carga familiar), sobre el que pesa una acusación por maltrato.
No ha valido de nada que el marido no haya pagado ninguna cuota de la hipoteca de la vivienda (le obligó el juez a hacerlo), ni que tenga armas de fuego sin poseer licencia, ni que esté pendiente un juicio por divorcio y otro de medidas provisionales contra el marido por malos tratos. En pasar Reyes, a la calle.
¿Así quieren acabar con la denominada “violencia de género?

Al que fue alcalde de Jerez, Pedro Pacheco, le condenaron por decir que la justicia era un cachondeo. A la vista de los hechos, y pasados ya muchos años, creo que no habrá cambiado de opinión.

No hay comentarios: